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Congreso oficializó inhabilitación contra la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos

Zoraida Ávalos ejerció el cargo de fiscal de la Nación desde el 2019 hasta el 2022.
Zoraida Ávalos ejerció el cargo de fiscal de la Nación desde el 2019 hasta el 2022. | Fuente: Andina

A través de dos resoluciones legislativas, el Parlamento oficializó la inhabilitación por cinco años de la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, y la causa penal por los presuntos delitos de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

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El Congreso oficializó este viernes la inhabilitación por cinco años para el ejercicio de la función pública y la formación de la causa penal contra la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos.

Así lo establecen las resoluciones legislativas 024-2022-2023-CR y 025-2022-2023-CR, publicadas en el boletín de normas legales del diario El Peruano.

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La primera resolución establece la inhabilitación por cinco años de la exfiscal, mientras que la segunda dispone la formalización de la causa penal contra la extitular del Ministerio Público por los presuntos delitos de omisión, rehusamiento y demora de actos funcionales en agravio del Estado.

Las dos medidas fueron aprobadas por el pleno del Congreso durante la sesión del miércoles, 21 de junio.

Ambos dispositivos legales cuentan con las firmas del presidente del Congreso, José Williams Zapata, y de la primera vicepresidenta del Parlamento, Martha Moyano Delgado.

El caso

El caso se remonta al 4 de enero del 2022, cuando Zoraida Ávalos, en su condición de fiscal de la Nación, decidió abrir investigación preliminar al entonces presidente Pedro Castillo por los presuntos delitos contra la administración pública y colusión, en el marco de las indagaciones de los casos Puente Tarata III, la adquisición de Biodiesel B100 y los ascensos en las Fuerzas Armadas.

Sin embargo, en el mismo acto suspendió todas las diligencias hasta la culminación del mandato de Castillo Terrones por su “inmunidad absoluta que trasciende el ámbito procesal penal”.

La disposición de Ávalos se sustentó en ese momento en el artículo 117 de la Constitución, que establece que un presidente en funciones no puede ser acusado, salvo por causales como traición a la patria o cierre arbitrario del Congreso.

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Sergio Espinoza

Sergio Espinoza Periodista

Bachiller en Periodismo por la Universidad Jaime Bausate y Meza. Especializado en la cobertura de notas policiales, internacionales y políticas. Más de cuatro años de experiencia en medios digitales.

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