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Villa Stein: conducta de Pastor se adecuaba al ejercicio legal de abogado

Para Villa Stein, la conducta de Pastor se adecuaba al ejercicio legal de abogado.
Para Villa Stein, la conducta de Pastor se adecuaba al ejercicio legal de abogado. | Fuente: Andina

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad del exministro aprista.

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La conducta de Aurelio Pastor, motivo de una denuncia que lo condenó a cuatro años, se adecuaba al ejercicio legal de abogado y por eso se ordenó su libertad, afirmó el juez supremo Javier Villa Stein, quien dirige la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que dispuso la excarcelación del exministro aprista.

"Por unanimidad se ha dispuesto que no se aplicó correctamente las disposiciones legales, porque la conducta de Aurelio Pastor se adecuaba al ejercicio legal de la profesión de abogado", explicó.

A modo de ejemplo señaló que si una persona le hace a otra un corte, dicho corte típicamente hablando sería de lesión pero si lo hace un médico, en uso de sus atribuciones, el asunto sería típico pero no antijurídico.

"Bajo juicio la conducta de Pastor se adecua en el ámbito del ejercicio de la profesión de abogado", insistió Villa Stein.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia ordenó la libertad del exministro de Justicia aprista, al haber aceptado un recursos de casación que pedía anular su sentencia a cuatro años de prisión por el delito de tráfico de influencias.

Pastor fue condenado tras haber sido acusado por la exalcaldesa de Tocache, Corina de la Cruz, de haberle pedido dinero a cambio de ayudarla con sus influencias en un proceso de vacancia en su contra en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Por ese caso, el Primer Juzgado Unipersonal lo sentenció al hallarlo responsable.

Asimismo, la Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia ratificó la sentencia que establecía también el pago de una reparación civil de 100,000 soles.

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