Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

Raúl Alfaro no declarará como testigo en la investigación preliminar contra Dina Boluarte

El juez supremo Juan Carlos Checkley declaró fundada la tutela de derechos presentada por el excomandante Raúl Alfaro en el que cuestiona el accionar de la Fiscalía de la Nación por estar vulnerando su derecho constitucional a guardar silencio.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Judiciales

Alfaro Alvarado resaltó el derecho de un testigo a negarse a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal

 Alfaro Alvarado resaltó el derecho de un testigo a negarse a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal.
Alfaro Alvarado resaltó el derecho de un testigo a negarse a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal. | Fuente: Andina

El excomandante general de la Policía Nacional Raúl Alfaro no rendirá su declaración en calidad de testigo en la investigación preliminar seguida en la Fiscalía de la Nación contra la presidenta Dina Boluarte; el jefe del Gabinete Ministerial Alberto Otárola y otros por las muertes de ciudadanos y heridos durante las protestas registradas en diciembre del 2022 y enero del 2023.

Esto debido a que el juez supremo Juan Carlos Checkley declaró fundada la tutela de derechos que presentó Alfaro Alvarado, a través de su defensa legal, en el que cuestiona el accionar de la Fiscalía de la Nación por estar vulnerando su derecho constitucional a guardar silencio al citarlo reiteradamente para que brinde su declaración testimonial.

Raúl Alfaro dio cuenta en su recurso que la Fiscalía del Nación lo citó en calidad de testigo el 2 de junio y 11 de agosto último para declarar sobre la orden de intervención de la Policía en los lugares donde se suscitaron estás protestas sociales, convocatorias a las cuales se presentó para informar que no iba a rendir su testimonio debido a que tres fiscalías provinciales ya vienen investigando los mismos hechos.

El ese sentido, Alfaro Alvarado resaltó el derecho de un testigo a negarse a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal según lo establecido en el artículo 163, numeral 02, del Código Procesal Penal.

Alfaro Alvarado resaltó el derecho de un testigo a negarse a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal | Fuente: RPP

Te recomendamos

Posición del Poder Judicial

Al respecto, el juez supremo Checkley Soria determinó que, conforme a esta normativa, un testigo no puede ser obligado a declarar sobre hechos de los cuales podría surgir su responsabilidad penal.

"El derecho a guardar silencio y no autoincriminarse es uno que se delimita como todo derecho desde quien está protegido por el mismo" precisó.

"Por su propio rol especial, el Comandante General de la Policía Nacional forma parte del alto mando de la Policía Nacional del Perú, es designado por el Presidente de la República, dependiendo directamente del Ministerio del Interior con lo cual es presumible que en caso brinde su declaración, al tratarse de un testigo que no es de referencia u oídas, sino uno que participó directamente en los acontecimientos que aquí se investigan, a fin de no incriminarse, el testigo puede hacer prevalecer su derecho a guardar silencio", remarcó el magistrado en su resolución a la que tuvo acceso RPP Noticias.

El fiscal adjunto supremo Marco Huamán Muñoz había solicitado al magistrado Checkley Soria que declare infundada está tutela de derechos al reconocer que, si bien la ley permite a un testigo abstenerse a declarar, "no es un derecho absoluto", sino que es una posibilidad de no contestar a las preguntas de cuyas respuestas podría surgir sus responsabilidades, debiendo ser invocado en la diligencia a la cual se cita, por lo cual y, de ser así, no se puede obligar a declarar.

Te recomendamos

Julio Cisneros

Julio Cisneros Periodista

Licenciado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres en la especialidad de Periodismo Radial. Especialista en temas judiciales y política. Apasionado por la historia , la literatura y el cine. Amante de la música, en especial los géneros new wave y synth pop.

Tags

Lo último en Judiciales

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA