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Corte Suprema establece que la llamada ‘Ley Soto’ es inconstitucional y que jueces “no deben aplicarla”

Alejandro Soto se habría beneficiado de la norma por un proceso judicial que tenía en Cusco
Alejandro Soto se habría beneficiado de la norma por un proceso judicial que tenía en Cusco | Fuente: Andina

Se trata de la Ley 31751 que modificaba el plazo de suspensión de la prescripción de procesos judiciales. El actual presidente del Congreso, Alejandro Soto, se acogió de la norma para librarse de un proceso judicial.

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El XII Pleno Jurisdiccional de las Salas Penales, Permanente, Transitoria y Especial de la Corte Suprema de Justicia estableció este miércoles que la Ley 31751, conocida también como la ‘Ley Soto’, es desproporcionada e inconstitucional y que los jueces no deben aplicarla. En su lugar, los magistrados deben preferir la norma constitucional referida a la protección de seguridad pública o ciudadana. 

“La Ley 31751 es desproporcionada y, por consiguiente, inconstitucional. Por ello, los jueces, conforme al artículo 138, segundo párrafo, de la Constitución, no deben aplicarla; deben preferir la norma constitucional referida a la protección de seguridad pública o ciudadana, al valor justicia material y a la tutela jurisdiccional –en este caso de la víctima”, se lee en el documento al que tuvo acceso RPP.

Durante el acuerdo plenario, el colegiado estableció que la relación entre entidad del delito y complejidad de su esclarecimiento no puede verse “limitada irrazonablemente” por plazos breves, como lo es un año.

"Un plazo abstracto tan breve – tomando en cuenta la media de duración de las causas, especialmente las complejas y las especiales que requieren de mayores pasos previos –  y sin tomar enconsideración las vicisitudes de una causa y la entidad del delito objeto del proceso penal, solo puede causar más perjuicios al interés general respecto de la libertad delas personas generando impunidad", se indica en otra parte del texto. 

El Pleno del Congreso aprobó en mayo pasado, con el voto de 87 legisladores, la ley 31751 llamada ‘Ley Soto’ que modifica el plazo de suspensión de la prescripción de casos judiciales a solo un año. 

Presidente del Congreso se habría beneficiado de la ley 

RPP tuvo acceso a un documento emitido el pasado 14 de julio de este año. El actual presidente del Congreso, Alejandro Soto,debía enfrentar un pedido fiscal de ocho años y ocho meses de prisión por la denuncia que le interpuso la empresa Waynapicchu;  sin embargo, su abogado Walter Pimentel Peralta presentó ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Cusco una solicitud de excepción de prescripción, esto para lograr que su cliente quede absuelto de todo. 

"Señor Magistrado, se debe tomar en consideración y tomar en aplicación la retroactividad benigna de la ley penal, dado que la Ley N° 31751 implementó modificaciones de naturaleza material, lo cual es plenamente aplicable retroactivamente a los procesos en trámite por ser más beneficioso", se lee en el documento entregado por el abogado de Alejandro Soto. 

El abogado de la empresa Waynapicchu, Darwin Urquizo, afirmó a RPP que el abogado de Alejandro Soto se unió a un pedido de otras defensas involucradas en el caso, a fin de que se aplique la ley y, por tanto, los casos prescriban. 

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Periodista desde el 2011 y egresado de la Universidad Nacional Federico Villarreal. Especialista en temas de política, actualidad y deportes. Ahora en RPP.

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