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Benji Espinoza considera que la Constitución "está diseñada para proteger la inmunidad presidencial"

"Me llama mucho la atención cómo muchos de los congresistas que decían que a Pedro Castillo se le podía investigar pero no acusar, hoy dicen que, por la gobernabilidad del Perú, Dina Boluarte no debe ser investigada", dijo el abogado penalista.

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"La Constitución no puede interpretarse bajo el Código Procesal Penal, sino el Código Procesal Penal bajo la Constitución", dijo Espinoza | Fuente: RPP

El abogado penalista Benji Espinoza se refirió a la demanda competencial presentada por el Ejecutivo para establecer límites en las investigaciones que se puede realizar contra un presidente en funciones y consideró que nuestro sistema constitucional está diseñado para proteger la inmunidad presidencial, por lo que ningún jefe de Estado podría ser sometido a la justicia mientras dure su mandato.

"La clave de la discusión hoy en la demanda competencial Ejecutivo contra Poder Judicial y Ministerio Público es definir qué quiere decir el 117 de la Constitución cuando dice que el presidente solo puede ser acusado bajo determinados supuestos. La Corte Suprema tiene una posición: cuando el 117 dice que no puede ser acusado, se entiende de que sí puede ser investigado solo en diligencias preliminares; es decir, al presidente no se le puede hacer una inculpación formal, ni formular imputación, ni formular cargos", dijo en La Rotativa del Aire de RPP.

"Si nuestro sistema constitucional estuviese diseñado para investigar a un presidente, la pregunta es: ¿un juez podría ordenar el impedimento de salida del país? Recordemos que desde las diligencias preliminares puede ordenarse el impedimento de salida del país para evitar la fuga. En tanto, la Constitución dice que el único órgano que autoriza la salida o el viaje de un presidente fuera del Perú es el Congreso, no el Judicial. Ahí entendemos sistemáticamente nuestro texto constitucional: su espíritu está diseñado para proteger la inmunidad presidencial. El presidente no puede ser tocado con el pétalo de ninguna investigación mientras dure su mandato", manifestó.

"Lo que plantea el Ejecutivo es que el término de ser acusado debe ser interpretado como el de ser investigado. Yo he mantenido esa posición cuando defendí al presidente Pedro Castillo. La Constitución no puede interpretarse bajo el Código Procesal Penal, sino el Código Procesal Penal bajo la Constitución (...). Me llama mucho la atención cómo muchos de los congresistas decían que al presidente Castillo se le puede investigar, pero no acusar. Hoy dicen que no, que por la gobernabilidad del Perú la presidenta Dina Boluarte no debe ser investigada", agregó.

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¿Qué se debería hacer?

En otro momento, Espinoza mencionó que la Fiscalía tendría que investigar a los funcionarios alrededor del mandatario en funciones para luego, cuando termine su período, ingrese a la investigación.

"Lo que tendría que hacerse es lo que se ha venido haciendo: investigar a quienes pueden ser investigados (altos funcionarios, ministros, congresistas y otros coinvestigados), conservar las fuentes de prueba y al término del mandato presidencial poder realizar la investigación al presidente", finalizó.

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Soy licenciado en Comunicación y Periodismo, con estudios de postgrado en Lingüística y Literatura, y Educación. Estudio ahora Derecho. Hace más de cinco años escribo sobre temas políticos y judiciales. Me paso el resto de la vida leyendo. Ya no soy tan miope.

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