Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
La inflación dejó de ser una preocupación
EP 1235 • 04:07
Entrevistas ADN
El Tribunal Constitucional no declaró inocente al prófugo Vladimir Cerrón, precisó abogado
EP 1768 • 17:57
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42

Colegios privados deben presentar estrategias de educación a distancia a padres de familia y a las UGEL

Inicio de clases escolares desde el 6 de abril, pero de manera virtual.
Inicio de clases escolares desde el 6 de abril, pero de manera virtual. | Fuente: Minedu

El Ministerio de Educación oficializó el inicio del año escolar a partir del 6 de abril, mientras que las clases presenciales en colegios públicos y privados se iniciará el 4 de mayo de manera gradual.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Ministerio de Educación oficializó el inicio del año escolar a partir del 6 de abril a través de la estrategia 'Aprendo en casa'. Esto, con el fin de garantizar el servicio educativo a distancia en las instituciones públicas de Educación Básica a nivel nacional en el marco de la emergencia sanitaria.

La resolución ministerial también dispone que la prestación presencial del servicio educativo a nivel nacional en las instituciones educativas públicas y privada se iniciará el 4 de mayo de manera gradual, con las recomendaciones de las instancias correspondientes según el estado de la emergencia.

La norma indica que las instituciones educativas de gestión privada de Educación Básica pueden prestar el servicio educativo a distancia hasta el 4 de mayo de 2020, siempre que dispongan de las metodologías y herramientas apropiadas.

Para ello, deben definir estrategias orientadas al cumplimiento de los objetivos del Currículo Nacional, adaptar el plan de recuperación y presentarlo a los usuarios del servicio educativo, así como a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGE) competente dentro de los siete días desde la publicación de la norma.

La resolución ministerial señala que en un plazo no mayor de siete días hábiles, el Minedu aprobará la norma o modificación normativa que contenga las disposiciones y orientaciones aplicables excepcionalmente al desarrollo del año escolar 2020 en dichas instituciones.

Por último, precisa que las direcciones regionales de Educación, o las que hagan sus veces, y las unidades de gestión educativa local, en el ámbito de sus competencias, son las responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución.

Universidades e institutos

De otro lado, mediante la resolución viceministerial, el Minedu dispuso la suspensión hasta el 3 de mayo del servicio educativo presencial del año 2020 en universidades, centros de educación técnico-productiva e institutos y escuelas de educación superior públicos y privados.

Las universidades públicas y privadas y las escuelas de postgrado pueden reprogramar su calendario académico o implementar temporalmente la adaptación no presencial de sus asignaturas según las orientaciones dadas por el Minedu y la SUNEDU.

Tags

Lo último en Gobierno

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA