En un mensaje a la nación, el presidente de la República, Martín Vizcarra, declaró el estado de emergencia nacional por 15 días ante la propagación del nuevo coronavirus en el país.
El presidente de la República, Martín Vizcarra, declaró la noche de este domingo el estado de emergencia nacional por el plazo de 15 días ante la propagación del nuevo coronavirus en el país. Pero cuáles son los alcances y las implicancias de esta medida.
De acuerdo con el artículo 137º, inciso 1, de la Constitución Política, el jefe del Estado, con acuerdo de su Consejo de Ministros, tiene la potestad de decretar tal disposición en todo o parte del territorio nacional en los casos de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o graves circunstancias que afecten la vida da la Nación.
"En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie", dice el texto de la Carta Magna.
De esta manera, algunos derechos pueden limitarse, pero eso no significa que el Estado dejará de respetar y garantizarlos. Ahora bien, durante su mensaje a la nación, el mandatario indicó que el plazo del estado de emergencia durará 15 días. En esta situación, según la Constitución de 1993, las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el presidente dela República.
"Esta es una medida que le faculta la Constitución y, una vez que la dicta, permite recién en ese momento, que las Fuerzas Armadas puedan entrar a apoyar a la Policía Nacional en el control ciudadano. Qué libertades se van a restringir, básicamente la de reunión; es decir, todos los espectáculos públicos, religiosos y manifestaciones", explicó el abogado constitucionalista Luciano López en una entrevista con RPP Noticias.
El experto señaló también que las fuerzas del orden pueden ingresar al domicilio de aquellos ciudadanos que no acatan el decreto supremo que declara estado de emergencia nacional. "Es una medida bastante extrema y dura, pero, en este contexto, es más que necesaria. La población tiene que colaborar", remarcó.
Hasta el momento hay 71 casos confirmados de coronavirus (COVID-19) en nueve departamentos del país, informó el Ministerio de Salud (Minsa). Se trata de los departamentos de Lima (60 casos incluidos 2 del Callao), Arequipa (2), Huánuco (2), Piura (2), Áncash (1), Cusco (1), Ica (1), La Libertad (1) y Lambayeque (1). A escala nacional se han descartado 1,751 casos.
Comparte esta noticia