Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El poder en tus manos
EP138 | INFORMES | ¿Cómo avanza la participación política de las mujeres en América latina?
EP 138 • 03:42
Entrevistas ADN
Torres Saravia niega vinculación con presunta red de prostitución en el Congreso
EP 1767 • 21:09
Informes RPP
Dina Boluarte y la marea política rumbo al 2025
EP 1234 • 05:31

Pleno del Congreso aprueba por insistencia la autógrafa de ley sobre límites al referéndum

El pasado jueves 13, el Gobierno observó la autógrafa de ley sobre límites al referéndum.
El pasado jueves 13, el Gobierno observó la autógrafa de ley sobre límites al referéndum. | Fuente: Congreso

La autógrafa de ley, que fue aprobada con el voto de 72 parlamentarios, había sido observada la semana pasada por el Poder Ejecutivo al considerar que "vulneraba los principios constitucionales".

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El pleno del Congreso aprobó este viernes, por insistencia, la autógrafa de ley que establece que un referéndum sobre reforma constitucional debe ser aprobada previamente por el Legislativo.

La representación nacional apoyó esta iniciativa con 72 votos a favor, 44 en contra y cero abstenciones.

Como se recuerda, el Poder Ejecutivo observó la autógrafa de ley porque "vulneraba los principios constitucionales al establecer el tránsito obligatorio por un procedimiento de reforma constitucional".

Sustentación

Durante la sustentación del dictamen, la titular de la Comisión de Constitución, Patricia Juárez, indicó que se rechazaron todas las observaciones efectuadas por el Poder Ejecutivo, insistiendo en el texto aprobado por el Congreso el 16 de diciembre de 2021.

En ese sentido, precisó que se modifica los artículos 40 y 44 de la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, con el fin de incluir, en el primer caso, una oración relativa a la improcedencia de referéndum.

Esta indica que cuando se trate de reformas constitucionales que no se tramiten según el procedimiento establecido en el primer párrafo del artículo 206 de la Constitución.

Asimismo, la segunda modificación versa sobre la autoridad que debe convocar el referéndum en caso de reformas constitucionales, precisándose que, en tales supuestos, el presidente de la República es quien lo hace "por disposición del Congreso".

Además, también se sustentó el dictamen en minoría, el cual se allanaba a las observaciones efectuadas por el Poder Ejecutivo, a la autógrafa que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional.


Suscríbete a nuestros newsletters

RPP Noticias te ofrece varias opciones para informarte durante la semana sobre temas de tu interés, desde información de la actualidad política y la emergencia sanitaria por la COVID-19, hasta recomendaciones tecnológicas y de entretenimiento. Suscríbete al newsletter de tu preferencia.

Nuestros podcast

Informes RPP | El equipo de periodistas de RPP te traen las últimas investigaciones y avances en salud, cultura, ciencia, economía, servicios y sociedad.

Tags

Lo último en Congreso

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA