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Partidos políticos: ¿son legales las cuotas que cobran a sus militantes en cargos de elección popular?

Ya son 6 congresistas las acusadas de recortar parte de sus sueldos a trabajadores de sus despachos.
Ya son 6 congresistas las acusadas de recortar parte de sus sueldos a trabajadores de sus despachos. | Fuente: Congreso

En medio del escándalo de las congresistas 'recorta sueldos', revisamos los estatutos de algunos de los partidos con representación en el Congreso de la República y varios han institucionalizado el 'diezmo' entre sus militantes, sobre todo a los que acceden a un cargo de elección popular.

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Hoy que se reportan los cuestionables recortes de sueldo denunciados por trabajadores de los despachos de algunas congresistas, cabe preguntarse por qué los estatutos de los partidos políticos con representación en el Congreso establecen cuotas a sus militantes, especialmente aquellos que llegan a ser elegidos en cargos de elección pública como alcaldes y congresistas.

RPP Data revisó los estatutos de partidos como Perú Libre, Fuerza Popular, Avanza País y Alianza Para el Progreso, y comprobó que en esos se establece el pago de un porcentaje del sueldo de los militantes de entre el 5 y el 10 por ciento. ¿Es legal este cobro?

Antes de responder la pregunta, entremos en detalle. Fuerza Popular, la primera mayoría en el Congreso de la República, establece en su estatuto lo siguiente para sus afiliados: "las personas que accedan al ejercicio de la función pública como consecuencia de haber sido candidato del partido, quedan obligados a contribuir con el equivalente al 10% del total de los ingresos que por este concepto reciban".

Además, el partido fujimorista también incluye a los regidores electos: "los regidores municipales aportarán el 5% del total de los ingresos que por este concepto reciban".

Por su parte, Perú Libre también incluye, en el artículo 42 de su estatuto partidario, un sistema de aportes. Sobre las "autoridades electas" dice lo siguiente: "aportarán el 5% del haber que perciben". En este caso particular, también se menciona a "militantes con cargos de confianza", de quienes se señala que "aportarán el 5% del haber que perciben".

Cobros legales

Las cuotas establecidas en los estatutos de los partidos, documentos enviados en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) son actos legales y transparentes, sostiene el analista político Lincoln Onofre. Sin embargo, los políticos no parecen conocer ni manejar bien esta fuente de financiamiento de las organizaciones político.

"Pareciera que los congresistas de turno desconocen de estas reglas y asumen que el aporte que realizan se da bajo la mesa. En una reciente entrevista realizada al congresista de Fuerza Popular Hernando Guerra García, este no solo desconoce el contenido del estatuto de su partido, sino que desconoce el monto del aporte que realiza, 10% de su sueldo. La relación se pone compleja cuando no se informa el destino de esos ingresos o el origen de este y otros aportes como los que se realizan desde el propio Estado, dando así el espacio al lavado de dinero a actos como los de congresistas conocidos como 'recorta sueldos'".

¿Cómo se aplican estas cuotas partidarias a los trabajadores del despacho de un congresista? Los estatutos de un partido no admiten dudas: solo a los militantes, afiliados a la organización, se les puede exigir este 'diezmo', sostiene el abogado especialista en temas electorales José Naupari. "Esa regla no debería llevar a ningún tipo de confusión. Porque establece claramente que quien tiene que aportar en primero lugar es el militante y no todos los trabajadores de los congresistas son militantes. Pero ese aporte, nuevamente, es al afiliado. Por ejemplo, si yo soy trabajar de un congresista debo aportar al partido, no al congresista, porque soy militante. Si soy un trabajador no afiliado, yo no tengo ninguna obligación de pagar".

Los recortes de sueldo, por lo tanto, no tienen que ver con las prácticas de algunos congresistas con sus trabajadores, concuerda Jorge Jáuregui, abogado electoral. "Por lo que se ha oído, se puede inferir prácticas extorsivas, es decir, de amenaza sobre personas que están en una condición de subordinación laboral, son sus trabajadores, del despacho. Por lo tanto estas [los recortes de sueldo] son prácticas sustantivamente distintas de las previstas como aportes económicos de los afiliados al partido político".

Existe una gran diferencia entre el aporte establecido en los estatutos de partidos como Perú Libre, Fuerza Popular, Avanza País, Alianza Para el Progreso, entre otros; y los cobros indebidos de los que se acusa a un grupo de congresistas y que se repiten, sistemáticamente, desde hace varios años. Una situación que debe cambiar.

Editor de RPP Data y coordinador de la cobertura El Poder en tus Manos. Formado en la Universidad Nacional Federico Villarreal, con maestría en Periodismo y Comunicación Multimedia (USMP) y diplomado en Corrección de Textos (U. de Piura). Trabajé en el diario El Comercio y antes en la Unidad de Prensa del Indecopi. Especialista en temas de periodismo de datos, democracia, cultura, y más.

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