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¿Verdadero o Falso? | Jorge del Castillo: “Todos los autores del golpe de Estado del año 92 hoy están presos”

Jorge del Castillo | Fuente: Foto: Andina / Video: RPP Noticias

Tras el mensaje a la Nación en que el presidente Martín Vizcarra anunció la disolución del Parlamento, el excongresista Jorge Del Castillo advirtió que, al ser una situación similar al cierre del Congreso por parte de Alberto Fujimori hace casi tres décadas, podía tener las mismas consecuencias. En ese sentido, dio el siguiente dato: “Todos los autores del golpe de Estado del año 92, hoy, están presos”. Ojo-Publico.com concluye que esta afirmación es falsa.

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Jorge del Castillo, excongresista de la República

Contexto: Declaraciones ante la prensa

Fecha de la declaración: 30 de septiembre

En una consulta inicial para esta verificación, el excongresista Jorge del Castillo refirió a Ojo-Publico.com que su afirmación se refería al expresidente Alberto Fujimori, al exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas Nicolás Hermoza Ríos y otros personajes que tuvieron participación en ese episodio. Sin embargo, el exparlamentario reconoció que, en varios casos, los procesos judiciales que les valieron condenas no tuvieron relación con el autogolpe. “Pueden haber sido condenados por otros hechos, pero todos fueron coautores del golpe de Estado”, indicó en una respuesta por vía electrónica.

En principio, Alberto Fujimori, principal protagonista del golpe, nunca pudo ser procesado específicamente por estos hechos. Las sentencias contra Fujimori fueron por los delitos de usurpación de funciones (por suplantar a un fiscal), autoría mediata del asesinato de 9 estudiantes y 1 profesor de La Cantuta y 15 personas en Barrios Altos, los secuestros del periodista Gustavo Gorriti y el empresario Samuel Dyer. Los otros tres casos en los que obtuvo condena corresponden a los delitos de peculado, corrupción y finalmente por el caso 'Diarios Chicha'.

Sobre estos hechos, en agosto del 2001, tras la caída de la dictadura fujimorista, la Comisión Permanente del Congreso dispuso la conformación de una subcomisión para investigar la denuncia constitucional N° 10, interpuesta por el entonces parlamentario Mauricio Mulder. Un mes después, se acordó acumular también a este grupo de trabajo la denuncia constitucional N° 117, de autoría de Mercedes Cabanillas. Ambos procedimientos acusaban a Alberto Fujimori y a 13 de sus exministros de haber roto con el orden constitucional, y por tanto se les acusó de rebelión.

En detalle, a Alberto Fujimori se le acusó de “disponer. en su calidad de Jefe Supremo de las Fuerza Armadas. a que se utilizaran las armas de la República para variar la forma de gobierno y modificar el régimen constitucional”. Adicionalmente se le atribuyó el hecho de “permitir que el personal militar y/o policial, haciendo uso de sus armas, ingresara a las sedes del Congreso de la República, Palacio de Justicia, Ministerio Público, Tribunal de Garantías Constitucionales, Consejo Nacional de la Magistratura, Asambleas Regionales, impidiendo que senadores y diputados, así como [...] presidentes regionales ejercieran sus funciones”. 

También se le atribuyó responsabilidad por disponer que personal militar detuviera a parlamentarios, dirigentes sindicales, y ciudadanos, sin que exista un mandato judicial. Entre ellos, el propio excongresista Jorge Del Castillo.

Con respecto a los hechos imputados contra el gabinete de Fujimori, se responsabilizó a sus exministros por haber refrendado los actos presidenciales mediante la suscripción del Decreto de Ley N° 25418, por medio del cual se estableció la ‘Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional’, con el fin de “variar la forma de gobierno y modificar el régimen constitucional”.

El 5 de junio del 2003, el Pleno del Congreso aprobó el informe final que recomendó denunciar penalmente ante la Fiscalía de la Nación, por el delito de rebelión en agravio del Estado, a Alberto Fujimori y a sus exministros, así como a otros altos mandos militares y exfuncionarios por el golpe de Estado de 1992. Esta decisión fue oficializada mediante la Resolución Legislativa N° 017–2002–CR.

Esta recomendación fue recogida por la Fiscalía de la Nación, que en julio del 2004 formuló acusación por el delito de rebelión en agravio del Estado contra Fujimori y sus exministros. A la vez, acusó por el delito de secuestro a Fujimori, Juan Briones Dávila y Víctor Malca Villanueva. Este último en agravio de “Abel Salinas Eyzaguirre, Jorge del Castillo Gálvez, Luis Negreiros Criado, César Barrera Bazán y estudiantes universitarios, funcionarios, trabajadores, miembros de partidos políticos y sindicatos que se encontraban presentes al momento en que los recintos universitarios, [..] locales partidarios o gremiales fueron tomados por personal militar y/o policial el día 5 de abril de 1992”.

Finalmente, en una primera sentencia del 2007, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema determinó que el 5 de abril de 1992 se produjo un “quebrantamiento del orden constitucional, que consistió en la intervención de las principales instituciones públicas del Estado”. Se estableció también de las declaraciones de testigos que quedaba claro que Alberto Fujimori estaba “a la cabeza de dicha idea y organización”, y que “aparece probado que tres meses antes del acto golpista el Comandante General del Ejército y presidente del Comando Conjunto Nicolás de Bari Hermoza Ríos ya participaba de la conspiración”.

En su fallo, la sala explicó que debieron de reservar el juzgamiento a Alberto Fujimori, Manuel Malca y Augusto Blacker Miller, por encontrarse en condición de ‘reos contumaces’. A pesar de ello, se precisó que no se encontraban “desvanecidos los actos en su contra”.  

En el caso de Juan Abraham Briones Dávila, quien era ministro del Interior cuando ocurrieron los hechos de abril de 1992, se le encontró responsabilidad como coautor mediato de los delitos de rebelión y secuestro, y fue condenado a 10 años de pena privativa de la libertad.

También se encontró responsabilidad, como cómplices del delito de rebelión, a los exministros Carlos Alberto Boloña Behr, Víctor Dionisio Joy Way Rojas, Oscar De La Puente Raygada, Jaime Agustín Sobero Taira, Alfredo Angel Ross Antezana, Clemente Jaime Yoshiyama Tanaka, Víctor Felipe Paredes Guerra, Augusto Antoniolli Vásquez y Absalón Vásquez Villanueva. El documento indicó que se les “reprocha el haber participado en calidad de cómplices secundarios en el citado ilícito”. Fueron condenados a cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por tres años.

Sin embargo, dicha sentencia fue cuestionada tanto por la defensa de los imputados como por la fiscalía, como dio a conocer en su momento oficialmente el Poder Judicial. La Fiscalía, por entonces en la voz del fiscal supremo Avelino Guillén, apeló por considerar que tanto las penas impuestas como la cantidad de reparación civil asignadas eran muy benignas.

Los recursos de apelación fueron resueltos el 17 de abril del 2009, cuando la Primera Sala Penal Transitoria ratificó la sentencia de 10 años contra el exministro del Interior Juan Briones Dávila. Sin embargo, absolvió a los otros diez exministros que habían sido sentenciados inicialmente. Es decir, el único que fue condenado por el golpe de Estado del año 1992 fue Juan Briones. El resto fue absuelto, como se precisa en el punto 3.2 de la Resolución N° 16-2015 de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, documento en el que se revocó el beneficio penitenciario de libertad condicional dado a Briones en 2015.

Para esta verificación consultamos con el exprocurador anticorrupción, Ronald Gamarra, quien ejerció la defensa del Estado en las investigaciones por corrupción contra Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos, entre otros. Gamarra confirmó que en una primera sentencia de 2007 se condenó a 10 ex altos funcionarios por el golpe de 1992, pero que, en un posterior fallo del 2009, se declaró nulo todo lo actuado, con excepción de la condena contra Briones. El exprocurador indicó que se declaró extinguida la acción contra el exministro de Justicia Fernando Vega Santa Gadea por fallecimiento. “Se absolvió a todos, excepto a Briones”, precisó.

Ojo-Publico.com también consultó con el abogado César Nakazaki, defensor legal del expresidente Alberto Fujimori y en su momento también representante legal de los exministros fujimoristas Augusto Blacker Miller y Carlos Boloña, por el caso del golpe de 1992. Al respecto, el letrado explicó que el 5 de abril de 1992 generó tres casos: un caso para el expresidente Fujimori, uno para los ministros que formaron el gobierno denominado de ‘Emergencia y Reconstrucción Nacional, y otro para los militares que ejecutaron la detención de un conjunto de personas. 

Nakazaki confirmó que el caso del golpe de Estado de 1992 no fue incluido en la demanda de extradición, que permitió iniciar los posteriores procesos en contra de Fujimori. En el caso de los exministros, como el del ya fallecido Carlos Boloña, la Sala Penal Especial Suprema impuso condenas de 4 años de pena suspendida. “Y en la [Primera] Sala Penal Transitoria, se logró la absolución de todos”, indicó.

En el caso de los militares involucrados, Nakazaki defendió al general Hermoza Ríos y al general José Valdivia Dueñas y descartó que estos enfrenten un proceso por el delito de rebelión derivado del golpe de Estado de 1992. “Ellos siguen en juicio oral, pero por secuestro, ya no por rebelión, [que] se descartó”, agregó.

Consultado para esta verificación, el abogado Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal -que participa como representante civil en el proceso seguido contra Montesinos y otros exmandos militares del gobierno de Fujimori por el secuestro del periodista Gustavo Gorriti- confirmó que en este juicio también se acumularon las imputaciones por los secuestros a Jorge Del Castillo y César Barrera Bazán, que ocurrieron el 5 de abril de 1992 en el contexto del golpe de Estado. Sin embargo, estos no incluyen el delito de rebelión, y el proceso aún se encuentra en etapa de juicio oral.

En una segunda comunicación, Jorge del Castillo explicó a Ojo-Publico.com que no conocía con exactitud quiénes fueron los exfuncionarios y altos mandos militares del gobierno de Fujimori que recibieron una sentencia por el golpe de Estado de 1992. Al respecto, indicó que los exfuncionarios de Fujimori no estaban presos necesariamente por el caso del golpe de Estado, pero que se refería a que en ese tipo de contextos es donde se producen delitos.

Tras los antecedentes expuestos, Ojo-Publico.com concluye que la afirmación del excongresista Jorge Del Castillo acerca de que todos los autores del golpe de Estado del año 1992 están presos en la actualidad, es falsa.

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