Según el proyecto de ley que presentó el congresista Javier Velásquez, las personas que han purgado condena por terrorismo no podrán ser contratados en la administración pública.
Las personas que han purgado condena por el delito de terrorismo no podrán ser contratados en la administración pública, ni podrán ser considerados como proveedores, participantes, postores o contratistas del Estado, ya sea como persona natural o jurídica y no podrán ser elegidos vía el voto para cualquier cargo de elección popular.
Así indica el proyecto de ley que presentó el congresista lambayecano, Javier Velásquez Quesquén, quién vía telefónica explicó a RPP Noticias que la mencionada iniciativa busca establecer una serie de medidas restrictivas a las personas que han cumplido condena por el delito de terrorismo.
Velásquez Quesquén refirió que el proyecto de ley contempla también que los condenados por terrorismo que han salido en libertad están impedidos de postular o acceder a cargos públicos que procedan de elección popular, asi como propone la retención de las obligaciones de pago de cargo del Estado establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), hasta que estos hayan cumplido con cancelar la reparación civil en su totalidad.
De otro lado, explicó el parlamentario aprista, el proyecto prohíbe que los sujetos que han cumplido condena por terrorismo puedan acceder a los programas sociales y subsidios que proporciona el Estado, como Juntos, Pensión 65, SIS, Pronabec, en tanto no cumplan con cancelar la deuda que mantienen por concepto de reparación civil.
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