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Juez dictó medida cautelar que busca facilitar el ingreso de paciente a cama UCI

Juez ordena que paciente sea derivado a UCI.
Juez ordena que paciente sea derivado a UCI. | Fuente: Imagen referencial: Andina

El magistrado dictó una medida cautelar a favor del paciente, quien padece de COVID-19 y necesita una cama UCI. La medida cautelar contempla que el hombre sea derivado a esa área, pese a que los médicos lo han clasificado como un paciente de prioridad 3.

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El juez Manuel Vargas Guerra, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, dictó una medida cautelar para que un paciente de COVID-19 sea ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del hospital Virgen de la Puerta de EsSalud, en Trujillo, pese a que los médicos lo clasificaron como prioridad III frente a la gran demanda de pacientes.

Asimismo, el magistrado pide que se autorice el ingreso de un ventilador mecánico -gestionado por su familia- para el paciente. Incluso, solicita que se permita la autorización para que un personal particular de salud pueda monitorear la utilización del respirador debido a la falta de personal del hospital Virgen de la Puerta.

Al analizar, este pedido el juez Manuel Vargas Guerra consideró que los derechos del paciente estaban siendo vulnerados y dispuso ya no sea prioridad 3 sino que sea considerado paciente de modo general para que tenga iguales derechos que cualquier otro paciente para acceder a una cama UCI y también autorizó el ingreso del ventilador.

El caso

En la demanda presentada contra la Dirección General de Salud, la demandante, sobrina del paciente, solicita una acción de amparo en favor de su tío paterno, quien padece de COVID-19 y se encuentra internado en el Hospital de Alta Complejidad Virgen de la Puerta de EsSalud desde el pasado 28 de enero.

Según da cuenta la familia, el paciente se encuentra internado en este hospital por un cuadro de neumonía por COVID-19 que se ha ido agravando. Producto de esto, relata, personal de este centro de salud dispuso el pasado 4 de febrero que sea conducido al área de Cuidados Intensivos (UCI) y se le asigne una cama.

No obstante, luego de que la familia del paciente se comunicara con autoridades del hospital, recibieron como respuesta "que ello no ocurriría debido a que por su edad se encuentra dentro del cuadro de prioridad III, lo que significa que la prioridad a dicha atención es para personas de menor edad, no pudiendo ser atendido (el familiar)".

La demanda señala que, ante la no disponibilidad de cama UCI en este hospital, la familia ha adquirido un respirador mecánico hospitalario para que sea utilizado "en atención del tutelado". Asimismo, indican que están dispuestos "a proporcionar no solo el ingreso del equipo, sino también del personal que instale".

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