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Al menos un 34 % de personas ha sufrido acoso laboral en el Perú, según reciente estudio

El estudio revela además que el acoso trae como consecuencias el ausentismo en el ambiente laboral.
El estudio revela además que el acoso trae como consecuencias el ausentismo en el ambiente laboral. | Fuente: Andina

De acuerdo con el estudio realizado por Genderlab, un 34% de personas ha vivido una situación de acoso sexual laboral.

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Un reciente estudio realizado por Genderlab reveló que, en el Perú, al menos un 34 % de personas ha sufrido acoso sexual laboral. Además, en el caso de acoso sexual laboral, un casi 40% de mujeres admitió haber sufrido de ello. 

En conversación con Ampliación de los Sábados, Marlene Molero, CEO de Genderlab, explicó a detalle esta muestra que se ha realizado junto al BID y ha sido implementada en 75 empresas en Perú, Bolivia y Ecuador.

Ella detalló que solo el 10% de las personas acosadas denunciaron y siguieron el proceso de investigación. “La mitad de ellas no denuncia por factores asociados al miedo o a la vergüenza”.

Además, indicó que más del 70 % de mujeres reporta estrés, ansiedad y problemas para dormir. "A nivel de costos de producción, estamos hablando de que el 30 % de ellas indica que pierde niveles de productividad", agrega. 

De los participantes, 669 indicaron que un colega o compañero de trabajo era el acosador/a, mientras que 348 era su supervisor/a. El 26 % ha sido testigo de algún caso de hostigamiento o acoso sexual laboral.

Hostigamiento sexual  

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) informó que ante una queja o denuncia por hostigamiento sexual, la oficina de Recursos Humanos del centro de trabajo de la víctima debe disponer la rotación o el cambio de lugar del presunto hostigador o, en todo caso, su suspensión temporal como medida de protección. 

Este procedimiento está contemplado en el Reglamento de la Ley 27942, Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual aprobado por Decreto Supremo 014-2019-Mimp.

La norma también dispone la rotación o cambio de lugar de la víctima, siempre que esta lo haya solicitado, así como otras medidas que busquen asegurar y proteger su bienestar.

(Con información de Andina)


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