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San Martín Porres también prohibirá circular motocicletas con dos pasajeros

San Martín de Porres es el tercer distrito que aprueba una ordenanza que prohibe la circulación de motos lineales con dos pasajeros.
San Martín de Porres es el tercer distrito que aprueba una ordenanza que prohibe la circulación de motos lineales con dos pasajeros. | Fuente: Andina

El alcalde de San Martín Porres, Hernán Sifuentes, informó que la disposición prevé que las intervenciones a quienes incumplan la nueva norma la realice la gerencia de Fiscalización y Transporte del municipio "con el apoyo de la Policía Nacional".

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San Martín de Porres se convirtió en el sexto distrito de Lima Metropolitana en prohibir la circulación de motocicletas con dos pasajeros, como una medida contra la inseguridad ciudadana, tal como ya se aplica en los distrito de Indepencia, Puente Piedra, Ancón, Santa Rosa y La Victoria. 

La ordenanza fue aprobada este lunes por unanimidad por el concejo municipal del distrito, en el marco de estado de emergencia decretado en 13 distritos de Lima y uno en el Callao, ante el aumento de crimenes como el sicariato y la extorsión. 

El alcalde de San Martín Porres, Hernán Sifuentes, informó que la disposición prevé que las intervenciones a quienes incumplan la nueva norma la realice la gerencia de Fiscalización y Transporte del municipio "con el apoyo de la Policía Nacional". 

"Ellos (la Policía) nos brindan el apoyo porque estas personas pueden ser ciudadanos de buena voluntad, pero también posibles homocidas, posibles delincuentes", dijo el burgomaestre. 

Sifuentes indicó que el incumplimiento de la ordenanza se sancionará con el pago de una multa equivalente al 2% de una Unidad Impositiva Tribuitaria (UIT), es decir, S/ 102, y puede incluir la retención del vehículo y su internamiento en el depósito municipal. 

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Motos con dos pasajeros tampoco circulan en Independencia y Puente Piedra

La Municipalidad de Puente Piedra oficializó, el último viernes, la ordenanza que prohíbe la circulación de motos lineales con dos pasajeros, durante el estado de emergencia. 

Dicha disposición fue publicada en el diario oficial El Peruano, y establece que se considerará falta grave que circulen dichos vehículos con más de un ocupante. La infracción será penalizada con una multa de 1 UIT, es decir, S/ 5 150, y el internamiento de la unidad en el Depósito Municipal oficial de Vehículos (DMV).

Según indica la ordenanza, la decisión fue tomada considerando que "no se advierten acciones" para frenar la ola de delincuencia durante el actual estado de emergencia por 60 días, decretado el pasado 27 de septiembre en 13 distritos de Lima Metropolitana y uno del Callao.

 El miércoles 16 de octubre, la Municipalidad de Independencia oficializó la misma medida en su jurisdicción, durante el estado de emergencia. 

En ese caso, según indica la correspondiente ordenanza, la disposición fue propuesta por el regidor Thomas Adhner Flores Sánchez. Tras el correspondiente debate, el Concejo Municipal de Independencia, por mayoría, aprobó la medida.

Con ello, la circulación de motos lineales con más de un pasajero en Independencia será considerada falta muy grave y sancionada con una multa de 1 UIT y el internamiento de la unidad en el correspondiente depósito. 

Alfredo Reynaga Ramírez, alcalde de Independencia, señaló el último jueves que se buscará extender esta norma en todo Lima.

“Esta es una postura, no solo de Independencia, sino de Lima Norte. Hay un compromiso de conversar con los pares de Lima Sur, de Lima Este y de Lima Centro para que esta normativa, que tiene una vigencia en el estado de emergencia, pueda ser a nivel de Lima Metropolitana”, recalcó en La Rotativa del Aire.

PNP aclara que no tiene competencias para hacer cumplir la ordenanza referida a motos lineales 

Cabe resaltar que, el viernes 18 de octubre , se realizó en Independencia un operativo de control de identidad para hacer cumplir la ordenanza que prohíbe la circulación de motos lineales con dos pasajeros. Dicha medida fue coordinada por el alcalde del distrito con la Policía Nacional del Perú (PNP). No obstante, al no ser una ley, los policías indicaron que no tendrían la potestad para detener a las personas que infrinjan la norma municipal.

Eso fue señalado por el coronel PNP Antonio La Madrid, jefe de la división policial Norte 2, quien explicó a RPP que la ordenanza es “netamente municipal”.

“Nosotros, como personal policial, no tenemos competencia en el cumplimiento de esa ordenanza municipal. Para ello están los inspectores de la municipalidad, los mismos que actuarán de acuerdo con sus atribuciones y conforme lo establece la ley”, declaró. 

En ese sentido, el integrante de la PNP recalcó que serán los inspectores municipales quienes harán cumplir el pago de la multa en caso sea necesario.

“Esta es una ordenanza municipal (…) Si es que se constata la infracción a la ordenanza, el personal de Fiscalización y los inspectores procederán de acuerdo con sus atribuciones porque eso es una situación netamente municipal. Según la ordenanza municipal, el infractor sería apacible de una multa netamente a la Municipalidad Distrital de Independencia”, expresó.

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